REGLAMENTO

CONSULTAS AMERICAN TASACIONES – PREGUNTAS FRECUENTES

Aquí puedes encontrar información de interés relacionada al sector de peritos y tasaciones : Tasadores – Peritos

NORMATIVIDAD

Por Resolución Ministerial Nº 126-2007-VIVIENDA de 7 de mayo de 2007 y que contiene las modificaciones aprobadas con la Resolución Ministerial Nº 266-2012-VIVIENDA de 28 de noviiembre de 2012 de los artículos 1.02 y 1.04 del Título 1; los artículos ILA07 y ILA.08 del Capítulo A; los artículos ILB.09, ILB.I0 y ILB.14 del Capítulo B; y los Capítulos C, D, E Y F del Título 11; y el Título 111.Asimismo, la modificación de los Artículos IV.A03 del Capítulo A del Título IV del Reglamento Nacional de Tasaciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 126-2007-VIVIENDA modificada por Resolución Ministerial Nº 266-2012-VIVIENDA emitido mediante Resolución Ministerial Nº 395-2014-VIVIENDA de 7 de noviembre de 2014. Resolución Ministerial N° 469-99-MTC/15.04

CENTRO DE CONSULTAS

A. NORMATIVIDAD VIGENTE EN RELACIÓN AL TRABAJO DEL PERITO VALUADOR.

Los peritos asumen la responsabilidad de las valuaciones que hubieren realizado. Tratándose de peritos que sean personas jurídicas, la responsabilidad también alcanza al personal autorizado. Durante la realización de las valuaciones, los peritos deberán:

Realizar las valuaciones de acuerdo a las normas y/o directivas vigentes sobre la materia.
Sustentar sus valuaciones en informes que deberán ser entregados a las empresas, los cuales deben contener información actual, confiable y suficiente de carácter técnico, comercial, económico, legal u otro relevante para la determinación del valor de realización del bien valuado de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del capítulo IV de la Resolución SBS Nº 572-97 del 20 de agosto de 1997. Esta Superintendencia podrá requerir a los peritos la documentación e información que sustente sus valuaciones.

Informar a esta Superintendencia en forma inmediata, cuando las empresas proporcionen información insuficiente, se nieguen a proporcionar la información necesaria, no brinden las facilidades debidas o exista cualquier otro tipo de ocurrencia que limite o condicione la realización de sus valuaciones a criterios distintos de los técnicos. Observar en cada una de sus valuaciones un elevado nivel de ética y de capacidad técnica.

B. REGLAMENTOS A LOS QUE DEBE CEÑIRSE EL PERITO.

El más importante Reglamento de peritos valuadores es el REGLAMENTO NACIONAL DE TASACIONES DEL PERU Y el Reglamento (Resolución S.B.S.Nº 880-97) de los Peritos Valuadores que prestan servicios a las empresas del Sistema Financiero y sus modificatorias vigentes; determinan la obligación de la inscripción de los peritos en la SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS SBS-REPEV para poder efectuar valuaciones de los bienes.

C. PROCEDIMIENTO A SEGUIRSE EN LAS TASACIONES.

  • Entrevista con el cliente y recepción de documentos.
  • Trabajo de campo
  • Trabajo de análisis y recolección de información de precios.
  • Elaboración del Informe de Tasación y presentación final.

D. OBJETIVOS DE TASACIÓN:

De acuerdo al Reglamento de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Tasación a efectuarse cumplirá los siguientes objetivos:

BIENES INMUEBLES (TERRENOS, EDIFICACIONES)

Si es un Inmueble verificar mediante una inspección las características del inmueble.

En los títulos de propiedad:

  •  Nombre del o los propietarios
  • Área del terreno, linderos
  • Servidumbres
  • Gravámenes
  • En la declaración de Autoavaluo o en la Declaratoria de Fabrica el área construida y declarada
  • La antigüedad de la construcción
  • El estado e conservación.

BIENES MUEBLES (MAQUINARIAS, VEHICULOS, HERRAMIENTAS, EQUIPOS DE COMPUTO, MUEBLES & ENSERES, ETC.)

Verificar la existencia de cada una de los bienes así como sus características técnicas.

  • Marca
  • Número de serie
  • Modelo
  • Tipo
  • Estado de conservación.
  • Grado de obsolescencia
  • Año de fabricación